Competencias sobre notarías y registros en Andalucía

Artículo 77 del Estatuto de Autonomía

En el Título II: Competencias de la Comunidad Autónoma, del Estatuto de Autonomía de Andalucía, Capítulo II: Competencias, se indica:

  • Artículo 77. Notariado y registros públicos

Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia ejecutiva sobre:

  1. El nombramiento de notarios y registradores y el establecimiento de demarcaciones notariales y registrales
  2. Registro Civil
  3. Archivos de protocolos notariales, de libros registrales de la propiedad, mercantiles y civiles

Competencias de la Junta de Andalucía

A la Junta de Andalucía le corresponde, por tanto, el nombramiento de notarios y notarias, registradores y registradoras de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, así como el establecimiento de demarcaciones notariales y registrales. En la práctica, ello implica:

  • Toda la tramitación administrativa para la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de los nombramientos resultantes de los concursos que se convocan para ocupar las plazas vacantes y de las oposiciones a dichos cuerpos, como consecuencia de la resolución de los mismos por parte del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a través de la Dirección de los Registros y del Notariado, así como la notificación a las personas interesadas y demás organismos implicados
  • La realización de los estudios correspondientes para comprobar la realidad jurídica, y en función de su resultado, modificar en su caso las demarcaciones notariales o registrales. Para ello se recaba de las instituciones y agentes implicados las estadísticas y encuestas precisas para elevar un pronunciamiento al Ministerio de Justicia
  • La resolución de las dudas que se susciten en la ejecución práctica sobre los límites físicos de la demarcación; sobre la atribución a un registro determinado de las adscripciones, segregaciones, cambios o alteraciones administrativas de términos municipales; y sobre cualquier otro problema relativo a la demarcación que los registradores sometan a consulta
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