Registros de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles

Registro de la Propiedad

El Registro de la Propiedad es el responsable de la inscripción o anotación de los actos, contratos y resoluciones judiciales o administrativas que afecten a la propiedad y a otros derechos sobre bienes inmuebles —como la posesión, el usufructo, servidumbres, etc.—, ya sean de titularidad pública o privada así como de determinadas resoluciones judiciales que afectan a la capacidad de las personas.

España está dividida en circunscripciones territoriales y, a cada una, le corresponde un Registro de la Propiedad a cargo de un registrador. Cada circunscripción territorial se llama “distrito hipotecario”. La forma de distribuir las oficinas registrales por el territorio nacional se denomina demarcación registral.

Los registros se llevan por fincas, abriendo para cada una de ellas un folio registral en el que consta el historial jurídico de las mismas.

El registro proporciona seguridad jurídica a los derechos inscritos en él y hace públicos los hechos y derechos inscritos para quienes tengan interés en conocerlos. Esto permite a una persona que, por ejemplo, vaya a adquirir un inmueble, consultar si ese inmueble figura a nombre de quien se lo va a vender o si tiene algún tipo de gravamen como una hipoteca, arrendamiento, etc.

Tipos de asientos

Se denomina asiento registral, en derecho, a la constatación escrita en un registro y derivada de un título. En concreto, se suele referir a la anotación de un título o de otras situaciones derivadas de este en el registro.

Los tipos de asientos que existen en el Registro de la Propiedad son:

  • Asiento de presentación: Se realiza cuando se presentan documentos, dejando constancia de la fecha y hora de la presentación.
  • Asiento de inscripción: Son asientos definitivos a través de los cuales se inscriben y publican en el Registro de la Propiedad determinados hechos, actos o derechos que afectan a bienes inmuebles.
  • Anotación preventiva: Son asientos sujetos a plazo de caducidad que se usan para proteger derechos que aún no son firmes o para dar publicidad a determinadas decisiones judiciales o administrativas.
  • Nota marginal: Se practican al margen de los asientos de presentación, de las inscripciones, anotaciones o cancelaciones y sirven para dar noticia de algún hecho secundario que afecta a las fincas o derechos inscritos.
  • Cancelaciones: Son los asientos de extinción de otros, ya sean estas inscripciones o anotaciones.

Quién puede solicitar la inscripción en el registro

La persona que puede solicitar la inscripción son:

  • La que adquiera el derecho.
  • La que lo transmita.
  • La que tenga interés en asegurar el derecho que se deba inscribir.
  • La que tenga la representación de cualquiera de las personas anteriores.

Registro Mercantil

El Registro Mercantil es el órgano encargado de inscribir y dar publicidad a los actos y documentos relacionados con las personas empresarias individuales y las sociedades mercantiles. Su principal objetivo es garantizar la transparencia y el acceso a la información relevante, permitiendo que las personas y entidades que contraten con estas empresas puedan conocer su situación jurídica y mercantil.

Además de la inscripción de actos empresariales, el Registro Mercantil tiene otras funciones esenciales, como la legalización de los libros contables de los empresarios, el nombramiento de expertos independientes y auditores de cuentas, y el depósito y la publicidad de los documentos contables, lo que contribuye a la transparencia financiera y a la correcta gestión de las empresas.

El Registro Mercantil se estructura en dos niveles: los Registros Mercantiles Territoriales, que se encuentran en todas las capitales de provincia y, en algunos casos, en otras ciudades importantes, y el Registro Mercantil Central, con sede en Madrid, que tiene competencia a nivel nacional. Consulta las direcciones de los registros mercantiles de cada provincia.

Cada inscripción en el Registro se realiza por folio personal, lo que significa que a cada entidad o persona registrada se le asigna una hoja registral única en la que se recoge su historial jurídico y mercantil. Esta organización permite un seguimiento claro y ordenado de cada sujeto inscrito.

El Registro Mercantil es público, por lo que cualquier persona interesada tiene el derecho de acceder a su contenido. Esto garantiza la transparencia y facilita la toma de decisiones comerciales e informadas.

Tipos de asientos

Los tipos de asientos que existen son los siguientes:

  • Asiento de presentación: Al ingresar cualquier documento que pueda provocar alguna operación registral, se extiende el oportuno asiento de presentación.
  • Asiento de inscripción: Deja constancia de los hechos inscribibles.
  • Anotación preventiva: Se usa para proteger un derecho que aún no es firme o determinadas decisiones de origen judicial o administrativo.
  • Nota marginal: Sirve para dar noticia de algún hecho secundario y se practica al margen de las inscripciones, anotaciones o asientos de presentación.
  • Cancelación: Deja sin efecto los asientos anteriores.

Registro de Bienes Muebles

El Registro de Bienes Muebles es el adecuado para inscribir los bienes muebles y determinados hechos, actos, contratos y resoluciones judiciales o administrativas relativos a los mismos. En él se inscriben la propiedad y los gravámenes o derechos que ostentan otras personas distintas del propietario sobre un bien.

En lo relativo al funcionamiento, publicidad, costes y efectos de la inscripción resultan aplicables las normas relativas a los Registros de la Propiedad y Mercantil, al ser un registro llevado por los registradores de la propiedad y mercantil.

Estructura del Registro de Bienes Muebles

Está integrado por los Registros Territoriales de ámbito provincial y por el Registro Central, con sede en Madrid, y compuesto por las siguientes secciones:

  • Buques y aeronaves.
  • Automóviles y otros vehículos de motor.
  • Maquinaria industrial, establecimientos mercantiles y bienes de equipo.
  • Otras garantías reales (hipoteca, prenda, etc. sobre bienes muebles).
  • Otros bienes muebles registrables.
  • Registro de Condiciones Generales de la Contratación.

Publicidad de los registros

Los registros relacionados con los bienes inmuebles y los derechos reales inscritos son públicos y pueden ser consultados por cualquier persona que tenga un interés legítimo en conocer el estado y la situación de dichos bienes.

Para obtener esta información, existen dos formas principales:

Nota simple: Se trata de un documento informativo que proporciona un resumen básico del estado registral de un bien inmueble o derecho real. Existen dos maneras de solicitarla:

  • En soporte papel: Acudiendo personalmente al registro correspondiente.
  • Por internet: A través de la página web del registro, lo que permite una solicitud más rápida y accesible.
  • Certificación: Es una copia oficial que refleja de manera fiel y precisa el contenido del registro, con el valor de un documento legalmente válido. Este tipo de copia tiene carácter probatorio y es firmada por el registrador encargado, garantizando su autenticidad.