Acuerdo de Colaboración para la atención educativa a personas que cumplen medidas judiciales impuestos por los Juzgados de Menores en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (más Adenda).

Objeto

Establecer un marco de colaboración entre la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y la Consejería de Educación y Deporte,que posibilite una actuación conjunta eficaz, eficiente y coordinada, para la consecución del objetivo común de garantizar la mejora de la atención educativa a las personas que cumplen medida judicial impuesta por los juzgados de menores, en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, en lo referente a la escolarizacion, la organizacion educativa y la disponibilidad de recursos.

Modificaciones

Las partes firmantes, de mutuo acuerdo, podrán modificar el acuerdo de colaboración.

Obligaciones económicas

El Acuerdo de Colaboración no conlleva obligaciones financieras ni contraprestación económica para ninguna de las partes.

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