Convenio de colaboración entre la Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada y la Fundación calor y café para la ejecución de medidas judiciales de medio abierto, por parte de personas infractoras
Objeto
Constituye el objeto del presente Convenio la cooperación y colaboración entre ambas partes en la realización de las actuaciones materiales derivadas de las medidas judiciales que se indican seguidamente, que sean impuestas a personas menores infractoras con vecindad o residencia en la provincia de Granada, sin que - en ningún caso - se produzca cesión de la titularidad de la competencia que corresponda esta Administración en al materia:
a) PRESTACIÓNES EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD; medida prevista en el artículo 7.1.k) de la LORPM b) La realización de TAREAS SOCIOEDUCATIVAS; medida prevista en el artículo 7.1 de la LORPM c) Realización de ACTIVIDADES REPARADORAS EN FAVOR DE LA SOCIEDAD que sean consecuencia de un proceso de mediación penal de menores de los artículos 19 y 51.3 de LORPM.
Obligaciones económicas
La Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada, asumirá el coste de las cotizaciones que correspondan a través del crédito que anualmente, y con independencia de la suscripción del presente convenio, se consigne al efecto en el capítulo 22 de su presupuesto.