De Llera cree que el Tribunal Constitucional debe estimar los recursos de la Junta contra las tasas
El consejero de Justicia e Interior, Emilio de Llera.
El consejero de Justicia e Interior, Emilio de Llera, ha asegurado que el Tribunal Constitucional debe estimar los dos recursos que la Junta de Andalucía ha interpuesto contra la ley de tasas judiciales aprobada por el Gobierno central.
Emilio de Llera considera que, "en Derecho, entre juristas, es insostenible una ley de este tipo", la cual "vulnera la Constitución española de manera flagrante", por lo que ha confiado en que el TC estime los recursos interpuestos por la Administración autonómica.
El consejero ha señalado que, según los datos aportados por el CGPJ sobre la repercusión de las tasas judiciales, "se observa un movimiento de fuga hacia la justicia penal y una bajada en las reclamaciones en la vía civil, sobre todo en lo contencioso-administrativo, lo cual era esperable, pues recurrir sanciones vale lo mismo que pagarlas anticipadamente".
Para concluir, ha dicho que la tasa "es disuasoria, y eso es lo grave, pues se está cercenando el derecho de los ciudadanos a poder acudir a los tribunales de justicia y eso está provocando una indefensión masiva a una franja de población muy grande, como son las clases medias y los trabajadores", ha afirmado De Llera, señalando que "el señor que tiene mucho dinero recurre la sanción aunque solo sea por darle en la cresta a la Administración, pero el resto se lo plantea".
El Consejo de Gobierno autorizó la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) contra el Real Decreto Ley 3/2013, de 22 de febrero, que modifica el régimen de las tasas judiciales contenido en La Ley 10/2012, de 20 de noviembre.
Esta reforma mantiene los mismos motivos de inconstitucionalidad que en su día llevaron a recurrir la ley estatal, ya que sigue generalizando el pago por el acceso a la Administración de Justicia hasta el punto de producir un efecto disuasorio para gran parte de los ciudadanos y de las pequeñas y medianas empresas, con la consiguiente vulneración del principio de igualdad y del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
El Gobierno andaluz subraya en su recurso que la corrección llevada a cabo a través del Real Decreto Ley se ha limitado a aspectos muy concretos que no implican una modificación sustancial del régimen establecido en la ley. Además, tampoco recoge en su integridad las recomendaciones formuladas por la Defensora del Pueblo al ministro de Justicia para preservar los principios constitucionales.
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