Proyecto de Orden por el que se aprobarán las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de entre 1.500 y 20.000 habitantes, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones en sedes de órganos de gobierno y en otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos de competencia local, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal

Información general

Antecedentes de la norma

La Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, conforme a lo dispuesto en el apartado g) del artículo 12.3 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece su estructura orgánica, tienen entre sus funciones la cooperación económica, ordinaria y extraordinaria, con las entidades locales en las materia que le sean propias.

La Orden de 23 de marzo de 2017, de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, regula la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de menos de 1.500 habitantes, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones en inmuebles destinados a sedes de órganos de gobierno y en otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos de competencia local, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

Problemas que se pretenden solucionar

Para el desarrollo de las funciones que el ordenamiento jurídico atribuye a los municipios y a las entidades locales autónomas, estos deben contar con dependencias adecuadas.

Actualmente existe una línea de subvenciones destinada a financiar actuaciones en inmuebles que sean sedes de órganos de gobierno y en otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos, en municipios y entidades locales autónomas de menos de 1.500 habitantes, pero no existe ninguna línea de subvenciones encaminada a prestar ayuda económica a entidades locales de entre 1.500 y 20.000 habitantes, para la realización de actuaciones en sus sedes de órganos de gobierno y otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La sucesivas convocatorias de subvenciones gestionadas al amparo de la Orden de 23 de marzo de 2017, destinadas a entidades locales de menos de 1.500 habitantes, han permitido dotar de dependencias adecuadas para la prestación de los servicios públicos que tienen encomendados, a gran parte de los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía comprendidos en este rango de población.

La Dirección General de Administración Local considera necesaria y oportuna la aprobación de una Orden por la que se aprueben las bases reguladoras de una nueva línea de subvenciones, destinada a cooperar económicamente con las entidades locales de entre 1.500 y 20.000 habitantes, con el objetivo de dotarlas de dependencias adecuadas para sus órganos de gobierno y de prestación de servicios públicos.

Dado que el crédito siempre es limitado, se prevé centrar esta línea de cooperación económica en entidades locales.

Objetivos de la norma

Con el presente proyecto de actuación se pretende cooperar económicamente con las entidades locales de entre 1.500 y 20.000 habitantes, con el objetivo de dotarlas de dependencias adecuadas para ubicar sus órganos de gobierno y para prestar dignamente los servicios públicos que le ordenamiento jurídico les encomienda.

Posibles soluciones alternativas

Analizados los problemas que se pretenden solucionar así como los objetivos a alcanzar se considera que el proyecto objeto de análisis es la solución más efectiva, descartándose otras posibles alternativas.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico: dg.administración local.cpalmd@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Justicia, Administración Local y Función Pública
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