proyecto de Orden por la que se establecen los contenidos mínimos de la formación de las personas mediadoras, se aprueban los modelos de solicitud de inscripción básica, modificación, prórroga y cancelación en el registro de mediación familiar de Andalucía, de designación de persona mediadora y de mediación familiar gratuita y el documento de aceptación del proceso de mediación, y se regulan las tarifas aplicables en los procedimientos de mediación familiar gratuita y el sistema de turnos.
Información general
Este proyecto de Orden responde a la necesidad de regular y recoger aspectos concretos del proceso de mediación, adaptándose a la nueva regulación en la materia, dada por el Decreto 65/2017, de 23 de mayo, para facilitar así a la ciudadanía la prestación del servicio de mediación familiar en los términos contemplados en la Ley y su Reglamento, garantizando de esta forma, tanto el principio de eficacia en la tramitación administrativa, como el principio de seguridad jurídica del procedimiento de mediación familiar. Asimismo, pretende mejorar aspectos relativos a la formación y la agilidad en la tramitación de los procedimientos establecidos, así como adecuar el contenido de los formularios a las exigencias de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por ello, el presente proyecto normativo quiere adaptar y unificar las tres órdenes de 16 de mayo de 2013.
La Secretaría General de Familias, que es el centro directivo con competencias en materia de promoción y coordinación de la mediación familiar, ha recogido la exigencia legal de adaptar el contenido de las Órdenes de 16 de mayo de 2013 al contenido de las modificaciones operadas por el Decreto 65/2017, de 23 de mayo, que vino a modificar el Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 1/2009 reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Adecuar la normativa a las disposiciones del Decreto 65/2017, de 23 de mayo.
- Establecer el contenido mínimo de los bloques temáticos para la formación específica y continua de las personas mediadoras que deseen estar inscritas en el Registro de mediación familiar de Andalucía.
- Unificar y Actualizar los modelos de solicitud de inscripción básica, modificación, prórroga y cancelación en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, de designación de persona mediadora y de mediación familiar gratuita y documento de aceptación del proceso de mediación, que se adecúan a las nuevas exigencias derivadas de las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
No se contemplan, al ser prescripción legal la adaptación de las órdenes actualmente en vigor.
La ciudadanía, así como todas aquellas entidades de iniciativa social, entidades u organizaciones, pueden enviar sus propuestas y sugerencias sobre el contenido que pudiera ser de interés para esta normativa, a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
consultas.previas.csafa@juntadeandalucia.es
El plazo será de 15 días hábiles a partir de su publicación.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.