Proyecto de Orden por la que se crean los premios de la Comunidad Autónoma de Andalucía a la excelencia en la trayectoria de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía y se establecen las bases para su concesión..

Información general

Antecedentes de la norma
  • Constitución española de 1978.
  • Estatuto de Autonomía para Andalucía.
  • Código Civil.
  • Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía y se aprueba su reglamento de organización y funcionamiento.
Problemas que se pretenden solucionar

Reconocer a las fundaciones andaluzas que destaquen en el cumplimento de sus fines fundacionales en cuanto a la excelencia en la trayectoria y realización de actividades que se consideren de interés general de estas corporaciones.

Se crearan diferentes modalidades de premios de acuerdo con los fines fundacionales, a modo de ejemplo: cultura y patrimonio histórico, ciencia y salud, deportes, economía y derecho, bienestar social, desarrollo tecnológico, entre otos que puedan surgir tras esta consulta.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 79.2, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma sobre el régimen jurídico de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía.

De acuerdo con esta competencia, la Comunidad Autónoma de Andalucía cuenta con la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y su normativa de desarrollo, a la que están sujetas más de 1500 fundaciones con diferentes fines fundacionales. Las fundaciones son entidades no lucrativas que participan en diferentes ámbitos de la sociedad y que cuentan con un papel fundamental en el Estado social y democrático de Derecho, siendo de vital importancia su acción en el bienestar social, la investigación científica, la cultura, así como en otros ámbitos. Además, destacar la coparticipación de estas corporaciones con el sector público en actividades de interés general que redundan en la ciudadanía.

La Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía, tiene adscrito el Protectorado de Fundaciones de Andalucía. Este Protectorado es un órgano de asesoramiento y apoyo técnico de las fundaciones andaluzas, que ha de velar por el correcto ejercicio del derecho de fundación y por la legalidad de su constitución y funcionamiento.

Además, la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, también tiene adscrito el Registro único de Fundaciones de Andalucía. Este Registro tiene como objeto la inscripción de los actos relativos a las fundaciones andaluzas, así como de los demás actos que, de acuerdo con la legislación vigente, hayan de inscribirse, entre otros.

Reconocer la labor de estas instituciones, así como incentivar la calidad de sus actividades, hacen necesario e idóneo, proceder a la elaboración y aprobación de una orden mediante la que se creen estos premios y se establezcan las bases de concesión. Estos premios redundarán en la calidad de los servicios que estas entidades altruistas prestan de acuerdo con sus fines fundacionales y a la ciudadanía en general.  

Objetivos de la norma

Esta Orden tiene por objeto crear los premios de la Comunidad Autónoma de Andalucía con los que reconocer la excelencia en la trayectoria y realización de actividades de las Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, así como establecer las bases para su concesión.

Los premios van dirigidos a reconocer la labor de estas instituciones y mejorar la calidad de las actividades que desarrollen en cumplimiento de sus fines.

Posibles soluciones alternativas

No existen otras posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente buzón de correo electrónico: participa.ctrjal@juntadeandalucia.es.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Justicia, Administración Local y Función Pública
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