Delegación de facultades, apoderamientos generales y creación de otros órganos

Documentación general

  • Solicitud de inscripción.
  • Certificación del acuerdo del Patronato en el que conste la delegación de facultades o el nombramiento de apoderados generales, la identificación de los Patronos a los que se han conferido dichas facultades y las facultades que se delegan.
  • Si la delegación de facultades se efectúa en otros órganos colegiados, acta certificada del acuerdo del patronato sobre la creación de los restantes colegiados en la que se citen expresamente los artículos de los Estatutos en los que se prevea su creación así como sus funciones.

La delegación de facultades y apoderamientos, así como su revocación o extinción, deben incorporarse en escritura pública.

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