Países de adopción internacional

* NOTA: Si bien en cada una de las páginas de los países se hace constar la fecha de la última modificación, con carácter general toda la información de los países se encuentra permanentemente actualizada.

 


1. Países en los que se puede tramitar una adopción internacional (Con cupo).

 

2. Países en los que no se ha establecido cupo.

(Si hubiera algún ofrecimiento para adoptar en estos países sería estudiado por el Ministerio)

3. Países que solo tramitan adopciones de menores con NECESIDADES ESPECIALES (por edad o enfermedad)


4. Países en los que está suspendida la tramitación

  • Burundi (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 15 y 16 de abril de 2013).

  • Cabo Verde (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 20 de julio de 2010).

  • Etiopía (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 16 de octubre de 2012 y por Resolución de la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de fecha 26 de septiembre de 2017 (BOE nº 290, del miércoles 29 de noviembre de 2017).

  • Mali (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 17 de julio de 2012)

  • Nepal(Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 8 de julio de 2008)

  • Nigeria (Estado de Lagos)(Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 13/11/13)

  • Territorios Palestinos (Belén) (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 17/7/2012)

  • Ucrania(Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 22 de marzo de 2012)

  • Nicaragua (Por decisión de dicho país)

  •  Rusia (Por Resolución de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia de fecha 30 de junio de 2020)

  • Burkina Faso  (Por Resolución de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia de fecha 7 de noviembre de 2023)

  • China (Suspendido el 27/01/2022 por Resolución de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la
    Adolescencia).

  • Letonia  (Por decisión de dicho país)

  • Lituania  (Por no existir OAAI acreditada)


5. Países en los que se ha acordado no tramitar en la Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia.

  • Angola (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 14 de julio de 2009)

  • Armenia (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 20 de julio de 2010)

  • Azerbayán (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 20 de julio de 2010)

  • Benin (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 14 de julio de 2009)

  • Bosnia Herzegovina (Por acuerdo del la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 15-16 de abril de 2013)

  • Camboya (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 14 de julio de 2009)

  • Camerún (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 15-16 de abril de 2013)

  • Corea del Sur (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 5 de mayo de 2011)

  • Gabón (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 14 de julio de 2009)

  • Gambia (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 14 de julio de 2009)

  • Ghana (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 14 de julio de 2009)

  • Georgia (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 15-16 de abril de 2013)

  • Guatemala (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia de 5-6 de octubre del año 2000)

  • Haití (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia de 24-25 de noviembre del año 2003)

  • Islas Mauricio (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 14 de julio de 2009)

  • Kirguistán (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 14 de julio de 2009)

  • Laos (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 19 de enero de 2011)

  • Malawi (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 19 de enero de 2011)

  • Mongolia (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 20 de julio de 2010)

  • Pakistán (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 20 de julio de 2010)

  • República Democrática del Congo (Kinshasa) (Acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 9 de octubre de 2007 y nota informativa 9 de abril 2008)

  • República del Congo (Brazzaville) (Acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 22 de mayo de 2008 y nota informativa 9 de abril 2008)

  • Sudáfrica (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 15-16 de abril de 2013)

  • Tanzania (Por acuerdo del la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 17 de julio de 2012)

  • Timor Oriental (Por acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de 27 de septiembre de 2011)

NOTA: Con respecto al resto de países, en algunos se desaconseja tramitar la adopción o bien ésta no es posible por las escasas garantías que presenta. También existen otros países en los que actualmente la posibilidad de adopción se encuentra en estudio. Para cualquier consulta pueden contactar con el Servicio de Adopción Internacional de la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud. 

6. Cuadro sobre características relevantes de la adopción internacional en los distintos países


 

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